ES

CGV

Revisión 09/2025

1. DEFINICIONES E INTERPRETACIÓN

1.1 Definiciones

En las presentes Condiciones Generales de Venta, los términos enumerados a continuación tendrán el significado que se les atribuye en este artículo 1.1:

  • Caso de Fuerza Mayor: tiene el sentido que se le otorga en el artículo 13 de las CGV (según se define más adelante).
  • CGV: designa las condiciones contractuales previstas en el presente documento, así como sus eventuales actualizaciones posteriores conforme a lo dispuesto en el artículo 16.6 de las CGV.
  • Carta: Carta de buena conducta de las prácticas comerciales de SEFMAT adjunta a las CGV y que constituye un conjunto contractual indivisible con ellas.
  • Cliente: designa a los compradores que actúan en calidad de profesionales en el sentido del Código de Consumo francés y que celebran un Contrato (según se define a continuación) con el Proveedor (según se define a continuación).
  • Pedido: designa el pedido del Cliente tal como figura en su orden de compra O como resultado de su aceptación escrita de la oferta realizada por el Proveedor (según se define a continuación), en su caso.
  • Contrato: designa el contrato celebrado entre el Proveedor y el Cliente para la venta de uno o varios Productos conforme a las CGV y a la Carta.
  • Proveedor: designa a la sociedad SEFMAT, sociedad por acciones simplificada, con domicilio social en 7 rue de Betnoms, Le Haillan (33185), inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de Burdeos con el número 320 696 594.
  • Día Hábil: designa cualquier día de la semana distinto del sábado, domingo o día festivo en el sentido del artículo L.3133-1 del Código Laboral francés.
  • Parte(s): designa indistintamente al Cliente o al Proveedor, o a ambos a la vez.
  • Producto: designa el bien (o parte del mismo) objeto del Pedido, descrito en el catálogo, en la página web o en las fichas técnicas del Proveedor.

1.2 Interpretación

En las CGV, salvo que el contexto exija lo contrario o salvo estipulación expresa en contrario:

  1. el término “persona” incluye a cualquier persona física o jurídica, sociedad, agrupación, sociedad en participación, sociedad de hecho, autoridad u otra entidad con o sin personalidad jurídica;
  2. toda referencia a una Parte comprende a sus representantes legales, sucesores o cesionarios autorizados;
  3. toda referencia a una ley o disposición legislativa se refiere a su versión vigente e incluye cualquier texto reglamentario adoptado en virtud de la misma;
  4. toda frase que incluya los términos “en particular”, “incluye(n)”, “incluido”, “especialmente” u otros de sentido similar constituye un ejemplo;
  5. toda referencia a los términos “por escrito” o “escrito” incluye, además del correo postal, los faxes, correos electrónicos y documentos extrajudiciales; y
  6. el significado atribuido a los términos definidos en el artículo 1.1 de las CGV se aplica tanto al singular como al plural de dichos términos y, en su caso, a sus demás formas gramaticales.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

2.1

Las CGV y la Carta se aplican sin restricción ni reserva a todos los Contratos, independientemente de las estipulaciones que puedan figurar en los documentos del Cliente, en particular en sus condiciones generales de compra, o que resulten de usos, prácticas o costumbres comerciales establecidas.

2.2

Conforme a la legislación vigente, estas CGV se comunican sistemáticamente a todo Cliente que lo solicite.

2.3

Todo pedido de Productos implica, por parte del Cliente, la aceptación de las CGV.

2.4

El Cliente debe asegurarse de que los términos del Pedido y todas las especificaciones aplicables sean exhaustivos y exactos, y de que el producto o servicio propuesto responda a sus exigencias.

2.5

El Contrato constituye la totalidad del acuerdo entre las Partes. El Cliente reconoce que su consentimiento no está condicionado a ninguna declaración, promesa, manifestación, garantía o compromiso realizado o dado por o en nombre del Proveedor que no esté definido en el Contrato.

2.6

Los planos, muestras, tarifas, documentos descriptivos o publicidades elaborados por el Proveedor, así como las descripciones o ilustraciones contenidas en los catálogos, folletos o fichas técnicas (incluyendo su sitio web), se proporcionan a título indicativo y pueden ser modificados en cualquier momento. El Proveedor se reserva el derecho de efectuar todas las modificaciones que considere útiles.

2.7

Los presupuestos establecidos por el Proveedor son aplicables únicamente a su destinatario y solo son válidos durante un período de treinta (30) Días Hábiles a partir de su fecha de emisión, salvo que el Proveedor indique por escrito otra fecha en dicho presupuesto.

2.8

El Proveedor se reserva el derecho de apartarse de ciertas cláusulas de las CGV en función de las negociaciones llevadas a cabo con el Cliente y de establecer con este último condiciones particulares de venta o un contrato específico.

3. CONTRATO

3.1 Formación del contrato

  1. Ventas físicas
    Salvo en el caso de las ventas electrónicas previstas en el artículo 3.1(b) de las CGV, los Pedidos deberán ser confirmados por escrito por el Cliente, mediante una orden de compra debidamente firmada por él. Salvo en el caso de las ventas electrónicas previstas en el artículo 3.1(b) de las CGV, las ventas solo serán perfectas tras la aceptación expresa y por escrito del Pedido del Cliente por parte del Proveedor, quien verificará en particular la disponibilidad de los Productos pedidos.
  2. Ventas electrónicas
    Para los Pedidos realizados exclusivamente en el sitio web del Proveedor, su aceptación se producirá (sujeta a la disponibilidad de los Productos) cuando el Cliente acepte las CGV marcando la casilla prevista a tal efecto y valide su pedido. Dicha validación implica la aceptación de la totalidad de las CGV y constituye prueba de la existencia del Contrato. La tramitación del Pedido y su aceptación serán confirmadas mediante el envío de un correo electrónico del Proveedor al Cliente. Los datos registrados en el sistema informático del primero constituyen la prueba de todos los Contratos con el segundo. Las CGV están disponibles en el sitio y pueden ser descargadas y archivadas por el Cliente.
  3. Aceptación del Pedido
    Todo Pedido realizado por el Cliente fuera del sitio web será objeto de una aceptación por escrito del Proveedor en un plazo de cinco (5) Días Hábiles a partir de la recepción por parte de este último de la orden de compra correspondiente debidamente firmada por el Cliente (en el caso de ventas físicas) o de la aceptación de las CGV prevista en el artículo 3.1(b) (en el caso de ventas electrónicas), siempre que el Proveedor reciba puntualmente toda la información que deba ser facilitada por el Cliente. La venta solo será perfecta tras dicha aceptación.

3.2 Modificación del Pedido por el Cliente

Ya se trate de una venta física en el sentido del artículo 3.1(a) de las CGV o de una venta electrónica en el sentido del artículo 3.1(b) de dichas CGV, las eventuales modificaciones solicitadas por el Cliente solo se tendrán en cuenta si se notifican por escrito al Proveedor al menos cinco (5) Días Hábiles antes de la fecha prevista para la entrega de los Productos pedidos y si son aceptadas por este último.

3.3 Cancelación del Pedido por el Cliente

Si se ha abonado un anticipo por el Cliente y este cancela el Pedido tras su aceptación por parte del Proveedor, por cualquier motivo, el anticipo pagado al realizar el Pedido, tal como se define en el artículo 7.2 de las CGV, será adquirido de pleno derecho por el Proveedor y no podrá ser objeto de reembolso alguno, salvo acuerdo del Proveedor a título meramente comercial. Si no se ha abonado ningún anticipo y el Cliente cancela el Pedido, por cualquier motivo, una suma equivalente al veinte por ciento (20 %) del precio total sin impuestos de los Productos será debida por el Cliente al Proveedor en concepto de penalización por cancelación.

4. ENTREGA DE LOS PRODUCTOS PEDIDOS

4.1 Albarán de entrega

El Proveedor deberá velar por que cada entrega de Productos vaya acompañada de un albarán en el que conste la fecha del Pedido, todas las referencias pertinentes del Cliente y del Proveedor, así como el tipo y la cantidad de los Productos.

4.2 Plazo de entrega

La aceptación del Pedido mencionada en el artículo 3.1(c) de las CGV indicará igualmente un plazo estimativo de entrega. Dicho plazo es meramente indicativo y no constituye un plazo esencial. En consecuencia, el Proveedor no podrá ser considerado responsable ni estará obligado a indemnizar al Cliente, y este último no podrá retener pago alguno ni cancelar su Pedido en caso de retraso en la entrega que no exceda de un plazo adicional de treinta (30) Días Hábiles a partir del fin del plazo de entrega mencionado en la aceptación del Pedido. Además, únicamente en caso de retraso superior a treinta (30) Días Hábiles a partir del fin del plazo de entrega indicado en la aceptación del Pedido, el Cliente podrá solicitar la resolución de la venta. En tal caso, los anticipos ya abonados le serán restituidos por el Proveedor. La responsabilidad del Proveedor no podrá en ningún caso verse comprometida en caso de retraso, suspensión, falta de entrega o resolución de la venta imputable al Cliente o debida a un caso de fuerza mayor. Si el Proveedor no pudiera entregar los Productos por una razón distinta a un caso de fuerza mayor o a una causa imputable al Cliente, su responsabilidad se limitará en todo caso a los costes y gastos incurridos por el Cliente para obtener Productos de sustitución de descripción y calidad similares, disponibles en el mercado al precio más bajo, menos el precio de los Productos.

4.3 Lugar de entrega de los Productos pedidos

Salvo condiciones contrarias establecidas en condiciones particulares de venta, en un contrato específico o aceptadas expresamente por el Proveedor, las ventas se regirán por el Incoterm (versión 2020) “EX WORKS” (EXW) elaborado por la Cámara de Comercio Internacional, precisándose que el lugar de entrega acordado es 7 rue de Betnoms, 33185 Le Haillan, o cualquier otro lugar designado para tal fin por el Proveedor. La entrega se considerará efectuada en el momento de la entrega efectiva de los Productos pedidos por el Proveedor al Cliente o al transportista designado a tal efecto por este último. Toda solicitud particular del Cliente relativa a las condiciones de embalaje de los Productos pedidos deberá ser debidamente aceptada por escrito por el Proveedor y será realizada por este a cargo del Cliente. Los costes correspondientes serán objeto de una facturación específica adicional. Si los Productos pedidos no fueran retirados por el Cliente conforme a las CGV y una vez transcurrido un plazo de tres (3) Días Hábiles desde la fecha en que el Proveedor informó al Cliente de que los Productos estaban listos para su entrega, el Proveedor se reserva la facultad de facturar al Cliente los gastos de almacenamiento de dichos Productos, así como todos los gastos y costes conexos (incluido el seguro). Si los Productos pedidos no fueran retirados por el Cliente conforme a las CGV y una vez transcurrido un plazo de treinta (30) Días Hábiles desde la fecha en que el Proveedor informó al Cliente de que los Productos estaban listos para su entrega, el Proveedor se reserva el derecho de revender o disponer de la totalidad o parte de los mismos. Las disposiciones de los dos párrafos anteriores se entienden sin perjuicio de la indemnización al Proveedor por parte del Cliente de todos los costes soportados y de los demás daños sufridos como consecuencia de la retirada tardía o de la falta de retirada de los Productos por parte del Cliente. El Cliente no podrá rechazar los Productos si la entrega incluye más o menos un diez por ciento (10 %) de los Productos pedidos. No obstante:

  1. cuando los Productos hayan sido entregados en cantidad superior y no hayan sido facturados por el Proveedor, el Cliente deberá devolverlos en un plazo de diez (10) días a partir de su recepción, salvo acuerdo en contrario entre el Cliente y el Proveedor. Cuando los Productos hayan sido entregados en cantidad superior y hayan sido facturados por el Proveedor, este deberá emitir una nota de crédito correspondiente al precio de los Productos enviados en exceso y a los gastos razonables de envío una vez devueltos dichos Productos.
  2. cuando los Productos hayan sido entregados en cantidad inferior, el Proveedor no estará obligado a completar la diferencia entre la cantidad pedida por el Cliente y la cantidad efectivamente recibida, siempre que este último solo sea facturado por la cantidad de Productos efectivamente entregada o reciba una nota de crédito por la diferencia entre los Productos facturados y los entregados. No obstante, el Proveedor podrá optar por proceder a la entrega de los Productos adicionales, facturando las sumas pendientes, previa recepción de un escrito del Cliente indicando que se ha entregado una cantidad incorrecta de Productos.

4.4 Entregas parciales

El Proveedor podrá entregar los Productos parcialmente en varias entregas escalonadas. Cada entrega parcial constituirá un Contrato independiente y los Productos serán entonces facturados y pagados por separado. Cualquier retraso o falta de entrega de un Pedido parcial no autoriza al Cliente a cancelar la totalidad del Pedido.

4.5 Responsabilidad del Cliente respecto a las normas de importación

Es deber del Cliente cumplir con las normativas de importación y con los controles de cambios que pudieran en el futuro obstaculizar o impedir la ejecución del Contrato. Tal obstáculo no comprometerá la ejecución del presente Contrato.

5. CONFORMIDAD

5.1

El Cliente está obligado a verificar el estado aparente de los Productos pedidos en el momento de la entrega. A falta de reservas expresamente formuladas por escrito en ese momento, los Productos entregados se considerarán conformes en cantidad y calidad con su Pedido.

5.2

Ninguna reclamación podrá ser válidamente presentada y aceptada si no se han respetado las formalidades enumeradas en el artículo 5.1 de las CGV por parte del Cliente.

5.3

El Proveedor sustituirá, en el menor plazo posible y a su cargo, los Productos entregados cuyo defecto de conformidad haya sido debidamente probado por el Cliente.

6. TRANSFERENCIA DE RIESGOS Y TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD

6.1 Transferencia de riesgos

La transferencia al Cliente de los riesgos de pérdida y deterioro de los Productos entregados se producirá desde el momento de la entrega de dichos Productos, independientemente de la transferencia de su propiedad según lo previsto en el artículo 6.2 de las CGV. Corresponde al Cliente asegurar, a su cargo y con una compañía de seguros reconocida públicamente, los Productos entregados hasta la completa transferencia de su propiedad. En el supuesto de que no tome personalmente posesión de los Productos entregados en el lugar de entrega, el Cliente deberá contratar un transportista encargado de llevar a cabo la entrega en el lugar designado por él. El Proveedor se considerará liberado de su obligación de entrega desde el momento en que haya confiado los Productos entregados a dicho transportista y este los haya aceptado sin reservas. Toda manipulación de los Productos entregados realizada con posterioridad a la entrega, tal como se define en las CGV, será responsabilidad exclusiva del Cliente y se efectuará a su cargo y riesgo. En consecuencia, el Cliente no dispondrá de recurso alguno en garantía contra el Proveedor en caso de incumplimiento de la entrega de los Productos por el transportista que haya designado, ni por daños ocurridos durante la carga, transporte o descarga y, en general, durante cualquier manipulación de los mismos.

6.2 Transferencia de propiedad

La transferencia de la propiedad de los Productos entregados a favor del Cliente solo se producirá tras el pago íntegro del precio por parte de este, con independencia de la fecha de entrega de dichos Productos. En consecuencia, y hasta el pago íntegro del precio por el Cliente, el Proveedor se reserva la propiedad de los Productos entregados, pudiendo, en las condiciones previstas en las CGV, recuperarlos en caso de impago. Todo anticipo abonado por el Cliente quedará adquirido por el Proveedor en concepto de indemnización a tanto alzado, sin perjuicio de cualesquiera otras acciones que el Proveedor pudiera ejercitar. El Cliente se prohíbe pignorar o ceder de cualquier forma, a título de garantía, la propiedad de los Productos entregados mientras la transferencia de su propiedad no se haya producido a su favor. Deberá emplear sus mejores esfuerzos para que los Productos entregados cuyo pago no se haya efectuado sean identificados como propiedad del Proveedor y, en particular, no puedan confundirse ni ser objeto de reivindicación por parte de terceros. Asimismo, y hasta la transferencia de la propiedad de los Productos al Cliente, este se compromete a:

  1. evitar retirar, desfigurar u ocultar cualquier marca de identificación o cualquier embalaje en o relacionado con los Productos;
  2. mantener los Productos en un estado satisfactorio y asegurarlos contra todos los riesgos por el total de su valor a la fecha de entrega;
  3. operar un sistema de gestión de existencias de primero en entrar, primero en salir (PEPS/FIFO) respecto de los Productos adquiridos al Proveedor; y
  4. facilitar al Proveedor, a solicitud de este, información relativa a los Productos.

Se presume que los Productos en stock en poder del Cliente son aquellos impagados. Dichos Productos podrán ser recuperados por el Proveedor, sin requerimiento ni formalidad previa, en caso de incumplimiento de sus obligaciones por parte del Cliente. En consecuencia, el Proveedor quedará autorizado a entrar en los locales del Cliente para proceder a dicha recuperación, en su caso. La recuperación prevista en el párrafo anterior no excluye otras acciones o procedimientos judiciales que el Proveedor pueda decidir iniciar contra el Cliente, ni cualquier daño y perjuicio que proceda, en caso de perjuicios sufridos por el Proveedor imputables al Cliente.

7. PRECIOS Y PAGO

7.1 Precios

Los Productos se suministran a las tarifas indicadas en el arancel del Proveedor vigente en la fecha del Pedido o, en su caso, en la oferta comercial específica dirigida por aquel al Cliente, o según conste en el sitio web correspondiente, de las que deberán deducirse los descuentos, reducciones o bonificaciones acordados por escrito entre las Partes o incluidos en dicha oferta comercial. Estas tarifas son firmes y no podrán revisarse durante su período de validez, según lo indicado por el Proveedor. Este no quedará vinculado por ningún error manifiesto de redacción o de cálculo que se produzca en una respuesta a una licitación, en una factura o en un estado remitido al Cliente. El Proveedor podrá, notificándolo por escrito al Cliente en cualquier momento hasta cinco (5) Días Hábiles antes de la entrega, aumentar el precio de los Productos para reflejar cualquier aumento de sus costes debido a:

  1. cualquier solicitud del Cliente de modificar la(s) fecha(s) de entrega, las cantidades o los tipos de Productos pedidos, o su Especificación; o
  2. cualquier retraso resultante de instrucciones del Cliente o de su transportista, o de su incapacidad para facilitar al Proveedor información o instrucciones adecuadas o exactas.

Los precios de los Productos se indican en euros, netos, sin impuestos y en condiciones ex works (salida de fábrica). No incluyen el coste del transporte, ni los posibles gastos de exportación e importación, ni los posibles derechos de aduana u otros impuestos, ni los costes del seguro, que correrán exclusivamente a cargo del Cliente. Estas condiciones pueden variar y, en su caso, serán comunicadas por separado al Cliente. Estos precios se expresan, en particular, sin incluir el impuesto sobre el valor añadido (IVA). Corresponde al Cliente, al recibir una factura emitida por el Proveedor que incluya dicho impuesto, abonar las cantidades que correspondan a ese concepto, según los tipos en vigor aplicables a los Productos en la fecha de emisión de la factura. Podrán aplicarse condiciones tarifarias especiales en función de las solicitudes del Cliente aceptadas por el Proveedor, en particular en lo referente a las modalidades y plazos de entrega y/o a los plazos y condiciones de pago. Dichas condiciones especiales se recogerán en un documento escrito firmado por las Partes.

7.2 Modalidades de pago

Salvo acuerdo en contrario entre las Partes, el pago del precio total de adquisición de los Productos pedidos deberá efectuarse antes de su entrega, contra presentación de una factura proforma emitida por el Proveedor y conforme a las modalidades indicadas en dicha factura. El Proveedor solo entregará los Productos pedidos una vez abonado íntegramente su precio de venta, salvo acuerdo en contrario entre las Partes. El Cliente acepta expresamente que las facturas emitidas por el Proveedor puedan serle remitidas y puestas a su disposición en formato electrónico, de conformidad con la normativa vigente, y reconoce que este modo de facturación tiene el mismo valor jurídico que una factura en papel. El Proveedor no estará obligado a proceder a la entrega de los Productos pedidos por el Cliente si este no le paga el precio en las condiciones y según las modalidades indicadas en el presente artículo. Salvo acuerdo expreso, previo y por escrito del Proveedor, no podrá efectuarse válidamente compensación alguna entre eventuales sumas debidas por el Proveedor al Cliente, por una parte, y las sumas debidas por el Cliente al Proveedor, por otra.

7.3 Mora en el pago

Toda demora en el pago dará lugar a la exigibilidad inmediata y sin requerimiento previo de una penalización por mora equivalente al diez por ciento (10 %) de las sumas pendientes de pago con todos los impuestos incluidos, además de los intereses de demora y de la indemnización fija por costes de cobro prevista por la ley e indicada en la factura a que se refiere el artículo 7.2 de las CGV. Las disposiciones del párrafo precedente se entienden sin perjuicio de cualesquiera otras acciones que el Proveedor tenga derecho a ejercer contra el Cliente debido al retraso en el pago, cuando de él se deriven perjuicios. En caso de incumplimiento de las condiciones de pago fijadas por las CGV, el Proveedor se reserva, además, el derecho de suspender o cancelar la entrega de la totalidad o parte de los pedidos en curso del Cliente y/o de reducir o cancelar los eventuales descuentos concedidos a este. Por último, el Proveedor se reserva el derecho de reclamar al Cliente una indemnización complementaria si los costes de cobro efectivamente incurridos superasen el importe legal de cuarenta (40) euros previsto para la indemnización fija por costes de cobro, previa presentación de los justificantes correspondientes.

7.4 Descuento por pronto pago

El Proveedor no practicará descuento alguno por pago antes de la fecha indicada en la factura o en un plazo inferior al mencionado en las presentes CGV.

8. GARANTÍAS Y RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR

8.1

Los Productos entregados por el Proveedor se benefician de las garantías legales que cubren su falta de conformidad y todos los vicios ocultos, derivados de un defecto de material, de diseño o de fabricación que los afecte y los haga impropios para su uso.

8.2

La garantía constituye un todo indivisible con el Producto vendido por el Proveedor. Este Producto no podrá revenderse alterado, transformado o modificado.

8.3

Esta garantía se limita a la sustitución o al reembolso de los Productos que no sean conformes o estén afectados por un vicio oculto.

8.4

Toda garantía queda excluida en caso de utilización anormal del Producto, empleo en condiciones distintas de aquellas para las que fue fabricado, negligencia o falta de mantenimiento por parte del Cliente, así como en caso de desgaste normal del Producto o de fuerza mayor, y en caso de deterioro o accidente procedente de golpe, caída, negligencia, falta de supervisión o de mantenimiento, o, por último, en caso de transformación del citado Producto.

8.5

Para hacer valer sus derechos, el Cliente deberá informar al Proveedor por escrito —rellenando el formulario dedicado que se le facilitará a petición— de la existencia de los vicios, a la siguiente dirección electrónica: .

8.6

El Proveedor sustituirá los Productos amparados por la garantía respecto de los cuales se demuestre que no son conformes o están afectados por un vicio oculto. Esta garantía cubre asimismo los eventuales costes de mano de obra ocasionados por dicha sustitución.

8.7

La sustitución de los Productos no producirá el efecto de prolongar la duración de la garantía arriba fijada.

9. PROPIEDAD INTELECTUAL

El Proveedor mantiene la totalidad de los derechos de propiedad intelectual relativos a los Productos y a su representación en cualquier soporte.

10. USO Y PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES

10.1 Uso

La información personal recabada por el Proveedor relativa al Cliente, en el marco del Pedido y del Contrato, se registra en un fichero informatizado por Julien MARIGOT para permitir al Proveedor tramitar el Pedido y atender las necesidades del Cliente. La base jurídica del tratamiento es el Contrato. El Proveedor solo recopila los datos del Cliente estrictamente necesarios para la tramitación del Pedido y la ejecución del Contrato en función de las necesidades del Cliente.

10.2 Duración

10.3

Los datos de carácter personal tratados por el Proveedor en el marco del Pedido y del Contrato serán destruidos, a más tardar, tres (3) años después de la ejecución del Pedido y/o del Contrato por el Proveedor.

Transferencia de datos de carácter personal

No se realizará difusión alguna a terceros ajenos a SEFMAT respecto de la información procedente del Cliente difundida dentro de SEFMAT. No obstante, el Proveedor podrá facilitar los datos personales del Cliente a petición de una autoridad judicial o administrativa o en aplicación de la ley.

10.4 Ejercicio de los derechos del Cliente sobre sus datos personales

El Cliente goza de los derechos de acceso, oposición, rectificación, limitación y supresión de los datos personales que le conciernen. El Cliente puede retirar en cualquier momento su consentimiento para el tratamiento de sus datos, oponerse al tratamiento y ejercer su derecho a la portabilidad de sus datos. Podrá ejercer estos derechos enviando al Proveedor una reclamación por escrito por correo electrónico a o por correo postal a SEFMAT, 7 rue de Betnoms, 33185 LE HAILLAN, Francia. Dicha reclamación deberá incluir la identificación de los datos afectados, así como la exposición de la(s) solicitud(es) vinculada(s) a los derechos previstos en el presente párrafo, y acompañarse de una copia del documento de identidad del Cliente. El Proveedor se compromete a respetar lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD). El Proveedor lleva un registro interno en el que figuran todos los tratamientos de datos personales por él recabados, con el fin de responder con la mayor celeridad a las eventuales solicitudes del Cliente relacionadas con el tratamiento de sus datos personales. Si, tras ponerse en contacto con nosotros, considera que sus derechos de “Informática y Libertades” no han sido respetados, puede presentar una reclamación ante la Commission nationale de l’informatique et des libertés (CNIL).

11. IMPREVISIÓN (Hardship)

11.1

En caso de cambio de circunstancias imprevisible en el momento de la realización del pedido y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1195 del Código Civil francés, la Parte que no haya aceptado asumir un riesgo de ejecución excesivamente onerosa podrá solicitar a la otra la renegociación de las condiciones de la venta que las vincula.

11.2

Las disposiciones del párrafo precedente imponen a las Partes la obligación de renegociar de buena fe las condiciones de la venta, pero en ningún caso una obligación de alcanzar un acuerdo en la renegociación.

12. FUERZA MAYOR

Las Partes no podrán ser consideradas responsables si el incumplimiento o la demora en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones, tal como se establecen en las CGV, deriva de un caso de fuerza mayor en el sentido del artículo 1218 del Código Civil francés. Cada Parte podrá resolver de pleno derecho el Pedido y/o cualquier prestación vinculada a los Productos pedidos, mediante el envío a la otra Parte de una carta certificada con acuse de recibo, en caso de incumplimiento por la otra Parte de sus obligaciones a raíz de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor (i) cuya duración exceda de tres (3) meses desde su notificación a la otra Parte o (iii) que impida de forma definitiva la ejecución del Pedido. En todos los demás casos, el Pedido quedará suspendido.

13. EXCEPCIÓN DE INCUMPLIMIENTO

13.1 Excepción de incumplimiento ex post

En aplicación del artículo 1219 del Código Civil francés, cada Parte podrá negarse a ejecutar su obligación, aun cuando sea exigible, si la otra Parte no ejecuta la suya y si dicho incumplimiento es suficientemente grave, es decir, si es susceptible de poner en entredicho la continuación del contrato o de trastornar fundamentalmente su equilibrio económico. La suspensión de la ejecución de la obligación afectada surtirá efecto de inmediato a la recepción por la Parte incumplidora de la notificación de incumplimiento que le haya sido dirigida a tal efecto por la Parte perjudicada mediante carta certificada con solicitud de acuse de recibo, indicando la aplicación de la excepción de incumplimiento, hasta que la primera haya subsanado el incumplimiento constatado.

13.2 Excepción de incumplimiento ex ante

La excepción de incumplimiento también podrá utilizarse con carácter preventivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1220 del Código Civil francés, si es manifiesto que una de las Partes no ejecutará a su vencimiento las obligaciones que le incumben y que las consecuencias de dicho incumplimiento son suficientemente graves para la Parte perjudicada. Esta facultad se ejerce bajo el riesgo y responsabilidad de la Parte que la inicia. La suspensión de la ejecución de la obligación afectada surtirá efecto de inmediato a la recepción por la Parte presuntamente incumplidora de la notificación —mediante carta certificada con solicitud de acuse de recibo— indicando la aplicación de la excepción de incumplimiento preventiva, hasta que la Parte presuntamente incumplidora ejecute la obligación respecto de la cual es manifiesto un incumplimiento futuro.

14. RESOLUCIÓN Y SUSPENSIÓN

14.1 Resolución inmediata

El Proveedor podrá resolver el Contrato con efecto inmediato en cualquiera de los siguientes casos:

  1. el Cliente suspende o amenaza con suspender el pago de sus Pedidos, o se encuentra o admite encontrarse en la imposibilidad financiera de satisfacerlos;
  2. se halla en estado de cesación de pagos en el sentido del artículo L.631-1 del Código de Comercio francés;
  3. negocia con la totalidad o parte de sus acreedores el reescalonamiento de cualquiera de sus deudas, realiza una propuesta o concluye una transacción o acuerdo con sus acreedores en ese sentido;
  4. es objeto de una acción judicial relativa al cobro de cualquiera de sus deudas o al embargo de sus activos;
  5. la realización de cualquier evento o acción judicial que tenga un efecto equivalente o similar a cualquiera de los eventos mencionados en los artículos 15.1(a) a 15.1(d) de las CGV, inclusive;
  6. suspende, amenaza con suspender, o cesa o amenaza con cesar el ejercicio de la totalidad o de una parte sustancial de su actividad;
  7. fallece o, por motivo de enfermedad o incapacidad (mental o física), se encuentra imposibilitado para gestionar sus propios asuntos o queda sometido a medidas de protección en el sentido del artículo 425 del Código Civil francés.

El Proveedor podrá proceder a dicha resolución en cualquier momento, sin tener que respetar plazo de preaviso alguno, si bien deberá informar al Cliente por escrito mediante carta certificada con solicitud de acuse de recibo.

14.2 Resolución por imprevisión

Si la ejecución de una obligación fuera imposible por haberse tornado excesivamente onerosa en el sentido del artículo 1195 del Código Civil francés, y sin perjuicio de los artículos 15.1, 15.3 y 15.4 de las CGV, cada una de las Partes podrá resolver unilateralmente de pleno derecho la venta que las vincula, con sujeción al cumplimiento de las siguientes formalidades:

  1. la Parte que toma la iniciativa deberá notificar a la otra la aplicación de la presente cláusula mediante carta certificada con solicitud de acuse de recibo o por medio de un acto extrajudicial; y
  2. la resolución se producirá al término de un plazo de preaviso de veinticinco (25) Días Hábiles a contar desde la recepción por la Parte destinataria de la notificación mencionada en (a).

Si la imprevisión cesara antes del término del plazo de preaviso previsto en (b) supra, la resolución quedará sin efecto y la venta se reanudará de pleno derecho sin formalidad previa alguna.

14.3 Resolución por fuerza mayor

En caso de fuerza mayor en el sentido del artículo 1218 del Código Civil francés y sin perjuicio de los artículos 15.1, 15.2 y 15.4 de las CGV, cada una de las Partes podrá resolver unilateralmente de pleno derecho la venta que las vincula, sin requerimiento ni otra formalidad previa que las siguientes:

  1. la Parte que toma la iniciativa deberá notificar a la otra la aplicación de la presente cláusula mediante carta certificada con solicitud de acuse de recibo o por medio de un acto extrajudicial; y
  2. la resolución se producirá al término de un plazo de preaviso de veinticinco (25) Días Hábiles a contar desde la recepción por la Parte destinataria de la notificación mencionada en (a).

Si la fuerza mayor cesara antes del término del plazo de preaviso previsto en (b) supra, la resolución quedará sin efecto y la venta se reanudará de pleno derecho sin formalidad previa alguna.

14.4 Resolución por incumplimiento de una Parte de sus obligaciones

Si cualquiera de las Partes incurriera en un incumplimiento grave o en incumplimientos reiterados de sus obligaciones, y sin perjuicio de los artículos 15.1 a 15.3 de las CGV, la Parte perjudicada podrá resolver unilateralmente de pleno derecho la venta que la vincula con la Parte incumplidora, con sujeción al cumplimiento de las siguientes formalidades:

  1. la primera deberá notificar a la segunda la aplicación de la presente cláusula mediante carta certificada con solicitud de acuse de recibo o por medio de un acto extrajudicial; y
  2. la resolución se producirá al término de un plazo de preaviso de diez (10) Días Hábiles a contar desde la recepción por la Parte destinataria de la notificación mencionada en (a).

14.5 Estipulaciones comunes a los distintos supuestos de resolución

El deudor de una obligación de pago en virtud de las CGV quedará válidamente constituido en mora por la sola exigibilidad de la obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1344 del Código Civil francés. Las cláusulas que, expresa o implícitamente, sobrevivan a la resolución del Contrato permanecerán en vigor y con plenos efectos.

15. GENERALIDADES

15.1 Ejecución del Contrato

El Proveedor se reserva en todo momento el derecho de ceder, transferir o subcontratar, de cualquier forma, la totalidad o parte de sus derechos u obligaciones dimanantes del Contrato. El Cliente se prohíbe ceder, transferir o subcontratar, de cualquier forma, la totalidad o parte de sus derechos u obligaciones dimanantes del Contrato sin el consentimiento previo y por escrito del Proveedor.

15.2 Comunicaciones

Toda comunicación por escrito entre las Partes en el marco de, o en relación con, un Contrato deberá dirigirse a la dirección de su domicilio social (si se trata de una sociedad), a la dirección de su local principal (en cualquier otro caso) o a cualquier otra dirección de la Parte destinataria. Las disposiciones de la presente cláusula no se aplican a la notificación de procedimientos o de otros documentos en una acción judicial.

15.3 Nulidad e independencia de las cláusulas

Si una o varias cláusulas del Contrato fueran declaradas nulas, resueltas, caducas o reputadas no escritas por una decisión judicial, por un laudo arbitral o de común acuerdo entre las Partes, las demás estipulaciones continuarán produciendo plenos y enteros efectos siempre que pueda salvaguardarse la economía general del Contrato. En el supuesto de que la ejecución de una o varias cláusulas del Contrato se hiciera imposible debido a la anulación, resolución, rescisión o caducidad de una o varias de sus otras cláusulas, o porque estas fueran reputadas no escritas, las Partes se consultarán con el fin de intentar establecer una o varias nuevas cláusulas cuyo espíritu y letra sean lo más próximas posible a las antiguas, permaneciendo en vigor las demás estipulaciones del Contrato. A falta de ello, o si la economía general del Contrato resultara fundamentalmente alterada, las Partes podrán, de común acuerdo formalizado por escrito, declarar la anulación del Contrato en su integridad.

15.4 Renuncia

Una renuncia a un derecho o a un recurso en virtud del Contrato o de la ley solo surtirá efecto si se notifica por escrito a la otra Parte. Una renuncia a un derecho o a un recurso no podrá interpretarse en ningún caso como una renuncia general de cualquiera de las Partes a sus otros derechos o recursos, en particular respecto de cualquier infracción o incumplimiento posterior. Cualquier omisión, retraso o ejercicio parcial por una Parte del ejercicio de un derecho o recurso previsto por el Contrato o por la ley no constituirá una renuncia a ese derecho o a cualquier otro derecho o recurso y, por tanto, no impedirá ni restringirá el ejercicio ulterior de ese u otro derecho o recurso.

15.5 Derechos de terceros

Los terceros al Contrato no disponen de la facultad de exigir al Proveedor o al Cliente el cumplimiento de las Condiciones que les sean aplicables.

15.6 Modificación del Contrato

Salvo indicación en contrario expresamente prevista por las CGV o acuerdo expreso de cada una de las Partes confirmado por escrito, no podrá introducirse modificación alguna del Contrato, incluida la incorporación de términos y condiciones adicionales.

15.7 Ley aplicable e idioma

Por acuerdo expreso entre las Partes, las CGV, la Carta y los Contratos se rigen por el derecho francés. Las CGV, la Carta y los Contratos están redactados en lengua francesa. En caso de que se traduzcan a uno o varios idiomas, solo el texto en francés hará fe.

15.8 Jurisdicción competente

Todas las controversias a las que pudieran dar lugar las CGV y los Contratos, relativas a su validez, interpretación, ejecución, resolución, rescisión o caducidad, así como sus consecuencias y efectos, son competencia exclusiva del Tribunal de Comercio de Burdeos.

15.9 Aceptación del Cliente

Las CGV, así como las tarifas y aranceles del Proveedor relativos, en particular, a los descuentos y bonificaciones vigentes en la fecha de las mismas, se consideran aprobadas y aceptadas por el Cliente, quien declara y reconoce tener perfecto conocimiento de ellas, y renuncia en consecuencia a prevalerse de cualquier documento contradictorio y, en particular, de sus propias condiciones generales de compra.